El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC. Cuenta con una Secretaría Técnica.
1. El Alcalde Distrital (Presidente) |
2. El Sub Prefecto de Chaclacayo |
3. El Comisario de Chaclacayo |
4. El Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Lurigancho -Chosica y Chaclacayo |
5. La Fiscal Adjunto de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Chosica |
6. El Jefe de la Micro Red de Salud de Chaclacayo |
7. El Representante de la UGEL 06 |
8. La Coordinadora de la Red Educativa N°17 |
9. La Coordinadora Distrital de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo |
10. El Representante de la Defensoria del Pueblo Lima Este |
11. La Representante del Centro Emergencia Mujer del MIMP |
12. El Gerente de Desarrollo Económico de la MDCH |
13. El Gerente de Participación Vecinal y Desarrolo Social de la MDCH |
Secretario Técnico: El Gerente de Servicios a la Ciudad de la MDCH |
A) - Aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana. |
B) - Aprobar los planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana en el distrito. |
C) - Estudiar y analizar la problemática de seguridad ciudadana del distrito, en coordinación con el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana. |
D) - Realizar el monitoreo, supervisión y evaluación de la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana. |
E) - Proponer recomendaciones para optimizar el funcionamiento del SINASEC en el distrito. |
F) - Realizar por lo menos una consulta pública ordinaria trimestral para informar sobre las acciones, avances, logros y dificultades en materia de seguridad ciudadana a nivel distrital, conforme lo establecido en el artículo 39 del presente Reglamento, debiendo para tal efecto convocar a las organizaciones vecinales, sociales, religiosas, culturales, educativas y deportivas, coordinadores zonales de seguridad ciudadana, integrantes de mesas de concertación, en los lugares donde exista, entidades del sector comercial y empresarial, instituciones privadas y otras que se estime pertinente. |
G) - Informar trimestralmente a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior y al Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, así como al Concejo Municipal Distrital sobre los avances en la implementación de los planes de seguridad ciudadana. |
H) - Promover el fortalecimiento de capacidades en matería de seguridad ciudadana y fomentar las iniciativas sobre la materia en el ámbito distrital. |
I) - Otras que les atribuya el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, así como el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana. |
A) . Formular los Planes Distritales de Seguridad Ciudadana, en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y los Planes Regionales de Seguridad Ciudadana correspondientes y los Planes de Desarrollo Regionales, Provinciales y Distritales de su jurisdicción. |
B) . Proponer los planes y programas en materia de seguridad ciudadana en el ámbito distrital. |
C) . Presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC para su aprobación. |
D) . Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal. |
E) . Dirigir los procesos de implementación, monitoreo, evaluación y ajuste del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana sobre la base de los lineamientos establecidos por la Dirección General de Seguridad Ciudadana. |
F) . Apoyar a la Policía Nacional del Perú para el logro de sus fines y objetivos, en materia de Seguridad Ciudadana, estableciendo mecanismos de colaboración. |
G) . Formular el informe a que se refiere el artículo 49 del nuevo Reglamento de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, para su remisión trimestral a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior. |
Hacer del distrito de Chaclacayo un espacio que asegure la convivencia pacífica de la población, dentro de un marco de confianza, tranquilidad y paz social; que permita una mejor calidad de vida, a través de un trabajo articulado con la sociedad civil y las diferentes entidades públicas.
El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo, definirá, programará y ejecutará las actividades correspondientes; desarrollando estrategias multisectoriales y estableciendo metas físicas susceptibles de ser evaluadas; a fin de asegurar la reducción de la violencia e inseguridad en el distrital de Chaclacayo.
Las sesiones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo, se realizan en forma ordinaria una vez al mes y extraordinariamente las veces que se amerite, conforme lo estipula el Artículo Nº 32, del nuevo Reglamento de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; siendo responsabilidad del Secretario Técnico documentar mediante acta de reunión cada vez que estas se lleven a cabo.
A las reuniones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo asisten OBLIGATORIAMENTE los miembros del Comité. Gracias a la promulgación de la ley 30055, ahora se puede sancionar hasta con 30 días de suspensión de sus cargos a los funcionarios que no asisten a las sesiones que convoque el CODISEC.
Los Acuerdos del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo, se realizan en sesiones de comité realizados de forma ordinaria una vez al mes y extraordinariamente las veces que se amerite, conforme lo estipula el Artículo Nº 32, del nuevo Reglamento de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; siendo responsabilidad del Secretario Técnico documentar mediante acta de reunión cada vez que estas se lleven a cabo.
La Secretaría Técnica del CODISEC – CHACLACAYO realiza esta actividad de conformidad al Artículo 49° del Reglamento de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, informando trimestralmente sobre el desempeño de los integrantes del Comité Local de Seguridad Ciudadana.
Estas evaluaciones son remitidas trimestralmente a la instancia superior, en este caso a la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana y a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del MININTER.
La Secretaría Técnica del CODISEC – CHACLACAYO, ha programado cuatro (04) Consultas Ciudadanas en el distrito durante el presente año, como una condición de trasparencia y dando cumplimiento al Artículo 39 del nuevo Reglamento de la Ley 27933, del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.
A este evento de Diálogo Comunitario pueden asistir:
- Dirigentes de las organizaciones vecinales
- Coordinadores e integrantes de las Juntas Vecinales Seguridad Ciudadana
- Vecinos en general
El objetivo de las Consultas Ciudadanas es informar a los vecinos sobre la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana a cargo de los responsables en esta materia; también para que los vecinos propongan, debatan e intercambien opiniones y sugerencias; para que se identifiquen las causas, debilidades, vulnerabilidades y fortalezas del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC); y se formulen propuestas y alternativas de solución.